Se acerca el final del año y ya queda lejos la finalización del plazo de presentación de la declaración de la renta del 2014, ¿aún no te han devuelto?, te explicamos qué hacer.
A aquellos contribuyentes cuyo resultado de la declaración fue “a ingresar” y optaron por fraccionar el pago en dos plazos, el pasado 05 de noviembre le fue cargado en sus cuentas bancarias el segundo plazo, por lo que Hacienda ya ha recaudado todo lo correspondiente a las declaraciones a ingresar (en periodo voluntario).
No ocurre lo mismo con las declaraciones a devolver, a un gran porcentaje de contribuyentes Hacienda ya le ha devuelto el importe solicitado, pero ¿qué ocurre si soy uno de los contribuyentes a los que aún Hacienda no le ha devuelto?
En este caso, podemos realizar una consulta del expediente en www.agenciatributaria.es, en el icono de Renta 2014, donde dentro de los trámites destacados podemos realizar una consulta sobre el estado de la devolución. Para realizar esta consulta necesitaremos el certificado digital, o bien la cl@ve PIN, o disponer del número de referencia que nos facilitó la Agencia Tributaria en nuestros datos fiscales.
La Agencia Tributaria ha establecido un sistema por el que los contribuyentes con declaraciones a devolver con determinadas incidencias que supongan una minoración de la devolución declarada puedan corregir su declaración con la finalidad de anticipar el cobro de la devolución.
Si usted se encuentra entre ese colectivo, podrá realizar la corrección accediendo al estado de tramitación de la devolución de IRPF 2014 en el icono Consulta de la devolución del portal de Renta 2014 y haciendo clic en la opción VERIFICA (Autocorrección de declaraciones). Para ello deberá utilizar certificado electrónico o DNI electrónico, o bien el sistema Cl@vePIN.
Si realiza una consulta de su expediente y su declaración se encuentra en trámite, es muy probable que durante el próximo mes de diciembre reciba la devolución del importe solicitado, ya que a partir del 31 de diciembre la Administración tendrá que abonar intereses (calculados a partir del 30/06) a aquellos contribuyentes a los que proceda a devolver a partir del 01 de enero de 2016.
Espero, que si se encuentra en esta situación, que no se retrase mucho más la devolución y la misma sea efectiva antes de las fiestas que se nos avecinan.
Ignacio Blanco Muñoz
Responsable Área Fiscal – Contable
Musashi asesores consultores