Si el Protocolo para prevenir el Acoso sexual y por razón de sexo es obligatorio para cualquier empresa, el pasado mes de marzo del año 2023 se publicó la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, con el objetivo de garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales para empresas de más de 50 personas trabajadoras.
Como indico, la nueva Ley contempla, entre otras medidas, que las empresas de más de 50 personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras.
El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán reglamentariamente.
Estas obligaciones entraron en vigor el día 2 de marzo de 2024, si bien, hay que señalar que la propia Ley prevé un posterior desarrollo reglamentario que aún no se ha publicado, de manera que el contenido mínimo requerido no se sabe cuál será.
Parece que el Gobierno está negociando con los agentes sociales su contenido, aunque de momento solo tenemos la obligatoriedad legal, sin contar previamente con el reglamento anunciado.
La Ley 4/2023 remite al texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, pudiendo oscilar entre 200 € a 150.000 €. Igualmente, prevé sanciones accesorias que incluyen la pérdida de subvenciones, la prohibición de acceder a ayudas públicas y contratar con la administración e, incluso, el cierre del establecimiento o el cese de la actividad económica o profesional por un máximo de tres años.
Nuestra recomendación es que las empresas obligadas desarrollen el Protocolo conforme a la negociación que se pueda llevar a cabo, si bien, y tras la publicación del reglamento por parte del Gobierno, será necesario adaptarlo según proceda.
Javier Artacho Reboso
Socio-Director, Responsable Área Laboral
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