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PERO ¿QUÉ ES UN PLAN LGTBI?

Un plan LGTBI es un conjunto de políticas, procedimientos y acciones diseñadas para promover la inclusión y la igualdad de oportunidades dentro de una organización, así como para prevenir la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Estos planes han pasado a ser obligatorios para las empresas de más de 50 personas trabajadoras conforme establece la Ley conocida como “Ley Trans”. Se trata de un reglamento pionero que busca garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. Y que, así mismo, desarrolla un marco legal para que empresas y organizaciones implementen medidas concretas.

En el ámbito de la prevención, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) realizará actuaciones que puedan verificar que haya estos protocolos LGTBI y protocolos de prevención de acoso y de actuación ante situaciones de violencia.

Que todavía no se haya producido el desarrollo reglamentario no impide que la negociación de estas medidas no sea exigible desde el día 2 de marzo de 2024. Las empresas deben cumplir con esta obligación, y una vez se apruebe ese desarrollo reglamentario las empresas tendrán que adaptar las medidas que hubieran aprobado.

Con respecto a los Planes de Igualdad, y en virtud de lo indicado en el artículo 55 de esta Ley, quizás se tenga que producir una modificación del Reglamento que los regula para incluir esta materia entre el contenido obligatorio, puesto que en la actualidad tan solo aparece lo relativo al Protocolo de Acoso sexual y por razón de sexo.

Obligatoriedad empresarial de disponer de Protocolo LGTBI

En febrero de 2023, hace ya más de 1 año, se aprobó la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objetivo es desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (en adelante, LGTBI) erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad.

Cualquier empresa de más de 50 personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán reglamentariamente.

la inclusión y la diversidad son aspectos fundamentales en la sostenibilidad empresarial y lograr que nadie se quede atrás con el fomento de la diversidad será clave para construir un futuro inclusivo de acuerdo con la Agenda 2030 de la ONU

Si quieres que te ayudemos en el desarrollo de esta nueva medida obligatoria para las empresas de más de 50 personas trabajadoras, pasa a la acción y contacta conmigo en el 952 220 950

Javier Artacho Reboso

Socio-Director, Responsable Área Laboral

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