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SUBVENCIÓN PARA EL PLAN DE IGUALDAD EN ANDALUCÍA

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del viernes, 10 de mayo de 2024 se ha publicado la:

Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones correspondientes a las líneas 7 y 8 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

En concreto de lo que hablamos:

Línea 7. Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

La Resolución convoca para el presente año 2024:

  • Subvención correspondiente a la línea 7 para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

 

  • Régimen de concurrencia no competitiva.

 

  • Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 49. (Se entenderá por empresa cualquier modalidad organizativa que realice la contratación de su personal según la normativa vigente).

 

  • El importe de la subvención a conceder en esta línea no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad, del 100% del presupuesto aprobado, ni de la cuantía máxima establecida en ese apartado, la cual asciende a 6.000,00 euros.

 

  • El plazo de ejecución de las actividades deberá estar comprendido desde la fecha de presentación de la solicitud, hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión.

 

  • Hay muy poco dinero para toda Andalucía, 150.000,00 €, así que los primeros que lleguen……

 

  • El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía:

 

                                                                                        13/05/2024 00:00 horas – 24/05/2024 23:59

  

  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses computados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

 

  • El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y notificado la resolución expresa, legitima a la persona o entidad interesada para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

 

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Javier Artacho Reboso

Socio-Director, Responsable Área Laboral

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