Pero ¿Qué es el modelo 347?
Es una declaración anual (otra más) que deben presentar las empresas ante la Agencia Tributaria.
Objetivo principal: comunicar todas las operaciones realizadas con terceros, clientes y proveedores, cuyo importe anual, sumando todas las transacciones realizadas con cada uno, supere los 3.005,06 euros durante el último año natural, en este caso, durante el año 2024.
Lo único “bueno” que tiene este modelo es que es exclusivamente para informar, por lo que no implica el pago de impuestos ni genera ningún tipo de devolución fiscal.
El objetivo detrás de este modelo:
Detectar fraudes su importancia reside en la capacidad que otorga a la Agencia Tributaria de cruzar y comparar la información aportada por distintas empresas, garantizando la coherencia de los datos declarados entre ambas partes. Este mecanismo contribuye a la detección de posibles fraudes fiscales y refuerza la transparencia en las relaciones comerciales.
¿Quién lo tiene que presentar?
Todas aquellas entidades que desarrollen actividades empresariales o profesionales y que hayan realizado operaciones con terceros que, sumadas, superen los 3.005,06 euros durante el 2024. Por ejemplo:
– Sociedades mercantiles que efectúan ventas o compras de bienes y servicios.
– Entidades jurídicas sin ánimo de lucro, como asociaciones o fundaciones, cuando realizan operaciones sujetas a esta obligación.
– Despachos profesionales y asesorías que gestionan operaciones relevantes con clientes y proveedores.
– Comunidades de bienes y otras entidades en régimen de atribución de rentas.
¿Quiénes están exentas?
– Empresas que tributan bajo el Suministro Inmediato de Información (SII), ya que informan mensualmente de sus operaciones.
– Entidades con operaciones que no superan el umbral establecido.
– Empresas o entidades cuyos ingresos están sujetos a retenciones declaradas en otros modelos (por ejemplo, modelos 190 o 180)
¿Cuándo se presenta?
Durante el mes de febrero de cada año, hasta que la Agencia Tributaria diga lo contrario.
La importancia del modelo…
Veamos la parte positiva de este Modelo (si es que la tiene…) este modelo aporta orden y control a la gestión de la facturación en las entidades obligadas por eso en las asesorías somos tan quisquillosos a la hora de insistir a nuestros clientes en hacer las cosas bien durante todo el año porque luego viene la Agencia Tributaria a pedir cuentas de ese trabajo anual.
Como el Modelo es acumulativo, ya que reporta la suma total de las operaciones realizadas con cada cliente o proveedor, es necesario e imprescindible llevar un control riguroso y actualizado de las facturas emitidas y recibidas.
Y la información declarada debe ser coherente y coincidir con la reportada por las distintas partes comerciales (cliente y proveedor). Para evitar discrepancias que pueden acabar derivando en más requerimientos, sanciones o inspecciones fiscales, por eso es fundamental revisar los datos que se van a presentar y por esos los asesores somos tan pesaditos con este asunto que no es por nosotros, es por nuestros clientes….
Qué sería de los clientes sin su ángel de la guarda: el asesor profesional.
¿Cuál es el proceso que debemos seguir para ser efectivos en la presentación de este Modelo?
Paso 1:
Verificar la obligación de presentar el Modelo 347 por la empresa en cuestión porque haya realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales.
Ojo que si las operaciones se deben en otros modelos fiscales (como el Modelo 349 para operaciones intracomunitarias o el Modelo 190 para retenciones de IRPF) esas operaciones no se deben incluir en el Modelo 347.
Paso 2:
La principal clave para evitar errores: ¡Hay que recopilar y revisar la información contable! Y, por eso, hay que revisar los registros contables del cliente, todas las facturas emitidas y recibidas durante el ejercicio fiscal, así como los datos identificativos de clientes y proveedores estén actualizados: NIF/CIF, razón social, provincia y desglose de los importes por trimestre.
Paso 3:
Clasificar las operaciones realizadas según las claves de operación.
Cada tipo de operación debe clasificarse con la clave correspondiente que define la naturaleza de la transacción.
Las claves de operación más habituales son:
– Clave A: Adquisiciones de bienes y servicios.
– Clave B: Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
– Clave C: Cobros por cuenta de terceros (aplicable a colegios profesionales y asociaciones).
– Clave D: Adquisiciones de bienes fuera de la actividad empresarial (entidades públicas).
– Clave E: Subvenciones y ayudas no reintegrables. E
Paso 4:
Rellenar el Modelo 347 Este consta de varias secciones que deben cumplimentarse con la máxima precisión posible:
– Datos del declarante: Información fiscal de la empresa (NIF/CIF, razón social, domicilio fiscal).
– Resumen de la declaración: Número total de clientes y proveedores y el importe global de las operaciones declaradas.
– Relación de declarados: Datos detallados de cada cliente o proveedor con los que se han realizado operaciones superiores a 3.005,06 euros. Se debe especificar:
o NIF/CIF del tercero.
o Razón social o nombre completo.
o Importe de las operaciones, desglosado por trimestre.
o Clave de la operación correspondiente.
– Relación de inmuebles: Si la empresa ha alquilado inmuebles, deberá informar del arrendatario, importe del alquiler y referencia catastral del inmueble.
Paso 5:
Validar los datos antes de la presentación: Es crucial realizar una validación completa de los datos antes de enviar la declaración.
Para ello, se debe:
– Comprobar que los importes introducidos en la declaración coinciden con los registrados.
– Revisar que no existen errores de formato ni inconsistencias en los datos.
– Hay que confirmar que todas las operaciones han sido clasificadas correctamente.
Y es aquí donde aparece, de nuevo, la función principal que hace el ángel de la guarda de las empresas, el asesor profesional: enviar circulares informativas a terceros implicados para verificar que los datos coinciden, minimizando así el riesgo de discrepancias que puedan conllevar más requerimientos o inspecciones a sus empresas cliente.
Paso 6:
Presentar el Modelo 347 de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Paso 7:
Seguimiento y subsanación de errores.
Una vez presentada la declaración, es importante realizar un seguimiento para asegurarse que ha sido correctamente recibida por la Agencia Tributaria y establecer comunicación constante con el cliente porqué en caso de que se detecten errores se puede presentar:
– Una declaración complementaria para añadir información omitida.
– Una declaración sustitutiva para corregir errores.
¿Y qué hacen los asesores profesionales para ser efectivos en todo este proceso?
Planificación anticipada: No dejan, no dejamos la presentación para el último momento para evitar errores provocados por las prisas.
Revisión periódica: Comprueban, comprobamos los datos contables de forma trimestral para facilitar la recopilación de información al cierre del ejercicio.
Comunicación con clientes y terceros: Envían, enviamos circulares de verificación antes de la declaración para minimizar el riesgo de discrepancias.
Con este procedimiento, cualquier empresa que trabaje con asesores profesionales podrá estar tranquila de que se está haciendo una efectiva gestión en la presentación del Modelo 347 siendo eficiente y conforme a la normativa vigente.
¿Y por qué es tan importante, durante todo el año, la colaboración de las empresas con sus asesores profesionales?
Para evitar descuadres en la información declarada, ya que uno de los errores más frecuentes es la discrepancia entre los importes declarados por las distintas partes de una operación, es decir, clientes y proveedores.
Y esto, normalmente, se debe a diferencias en el registro contable de facturas o errores en la acumulación de datos. Para evitar este error es aconsejable que, durante todo el año, haya una buena comunicación entre la empresa y su asesoría y que la empresa sea muy disciplinada con la gestión y envío de facturas mensuales a su asesoría y, por supuesto, también hay que enviar circulares de verificación de datos.
Bueno, me parece que en este post ha quedado bastante claro, además de explicar el Modelo 347, el trabajo que los asesores profesionales hacen por sus clientes, en este caso en cada mes de febrero, pero como todo el mundo sabe, también durante todo el año…..
Área fiscal