ESTAS SON LAS NOVEDADES PARA 2022
Mejoras en el sitio web de la Agencia Tributaria para facilitar la presentación de la Declaración de la Renta por Internet, como son:
- Presentación de hasta 5 declaraciones de la unidad familiar sin necesidad de reiniciar sesión entre cada declarante.
- Para resolver las dudas de los contribuyentes en materia de IRPF y Campaña de Renta vas a tener un Asistente virtual de Renta, al que se le podrán realizar preguntas de forma natural para llegar a la respuesta que se necesita. Reforzará el servicio que desde la pasada campaña presta el denominado «Informador» de Renta.
- Se implementa un chat con especialistas de la Administración Digital Integral (ADI) que resolverá dudas en tiempo real y de forma personalizada y en horario de 09:00 a 19:00. Sobre todo para los contribuyentes que no hayan conseguido la información requerida a través del «Asistente virtual» o el «Informador» de Renta.
Atención AUTÓNOMOS: Cambios en módulos, estimación directa simplificada y pluriactividad:
- Tributación por módulos: Reducción del 5% adicional.
- Estimación directa simplificada: Incremento de la deducción del 5% al 7% para gastos de difícil justificación.
- En pluriactividad exención del pago del IRPF con ingresos superiores a 15.000 euros por rentas del trabajo.
Impuesto sobre Sociedades: Reducción para Pymes:
- Bajada del tipo de interés del Impuesto sobre Sociedades del 25% al 23% para pymes con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros en el período impositivo anterior.
- En la compensación de pérdidas de filiales en grupos consolidados para 2023: Limitación al 50 %, pudiendo aplicar el resto en el siguiente ejercicio impositivo.
Modificaciones en los tramos de IRPF en 5 comunidades autónomas:
- Andalucía: elimina el Impuesto de Patrimonio.
- Comunidad de Madrid: deflacta un 4,3 % en el IRPF y reduce medio punto el tipo aplicable autonómico.
- Galicia: deflacta el 4,3 % en el IRPF.
- Murcia: deflacta el 4,1 % en el IRPF.
- Comunidad Valenciana: aumenta el 10 % en la cuantía exenta y añade varias bonificaciones adicionales.
Incremento del mínimo exento:
- El salario bruto anual mínimo exento de tributación que pasa de 14.000 a 15.000 euros.
- Se eleva el límite mínimo para la obligación de declarar en caso de dos pagadores, de 14.000 a 15.000 euros anuales.
- Se extiende el límite del primer tramo de tributación hasta los 21.000 euros, una medida que beneficiará a la mitad de los asalariados.
- Desde el 1 de enero de 2023 la deducción por gastos de difícil justificación aumenta del 5 % al 7 % para autónomos y al 3 % para autónomos societarios, con efectos en Declaración de la Renta del próximo año.
Si quieres quitarte quebraderos de cabeza este año con la Declaración de la Renta nosotros te podemos ayudar.