Table of Contents
¿Cuál es el objeto de estas subvenciones?
Fomentar, facilitar e impulsar la puesta en marcha y el desarrollo de empresas con domicilio y actividad principal en el municipio de Málaga, mediante la concesión de una subvención que permita corregir los posibles factores deficitarios, que fundamentalmente son los relativos al déficit tecnológico, la falta de inversiones en locales y equipamientos, y la necesidad de implantación de nuevos negocios que complementen la oferta existente, es decir, que vayan a realizar inversiones productivas en la ciudad de Málaga.
¿Quién las puede solicitar?
- Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles.
- Personas jurídicas: Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa, Sociedades Anónimas, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas de Trabajo para el impulso empresarial.
¿Cuáles son los requisitos?
- Que la actividad principal se desarrolle en el municipio de Málaga, así como que el domicilio social y fiscal estén también en el municipio de Málaga.
- Que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social con una antigüedad máxima de 18 meses a fecha de solicitud.
- Que se realice una inversión mínima de 1.000 €, conforme a los criterios señalados más adelante.
- Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
- No haber sido beneficiario de una subvención a la inversión por el Ayuntamiento de Málaga durante los años 2018 y 2019.
¿Cuáles el importe máximo de subvención?
- Para personas físicas: 5.000 euros
- Para personas jurídicas: 10.000 euros.
- Porcentaje máximo de subvención: 50% del proyecto de inversión y/o gasto subvencionable.
- El importe de la inversión subvencionable: no incluye el IVA.
¿Qué se puede subvencionar?
Gastos:
- Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
- Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).
Inversiones:
- Rehabilitación y adecuación del inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial (centro de trabajo), incluidos los honorarios técnicos de redacción de proyecto, dirección de obra y estudio de seguridad y salud.
- Adquisición de maquinaria para el centro de trabajo.
- Instalaciones técnicas del centro de trabajo.
- Mobiliario y equipamiento del centro de trabajo.
- Equipos informáticos y software.
- Diseño de la imagen corporativa. Excluidos gastos de impresión.
- Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
- Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos). Se ha de aportar memoria explicativa que justifique los materiales necesarios para su desarrollo.
- Certificación de producto.
- Tramitación del registro de marca, nombre comercial, patentes, modelos de utilidad, y licencias de uso. No se incluye el importe de la tasa.
No serán objeto de subvención: Ningún gasto o inversión que no esté expresamente recogido en el apartado anterior.
¿Cuáles son los criterios de valoración?
- Carácter innovador.
- Generación de empleo.
- Sectores preferentes.
- Estar alojado en la red municipal de incubadoras.
- Igualdad de oportunidades.
¿Qué plazo hay para presentarla?
Hasta el próximo 28 de noviembre de 2021.
¿Cuál es la forma de presentación?
La tramitación será 100% online a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Málaga.
¿Dónde puedes obtener información?
Llámanos al 952 220 950 y te ampliaremos la información.